Publicado en el Blog MUJERES de EL PAÍS, 7-6-2013
http://blogs.elpais.com/mujeres/2013/06/la-deseable-custodia-compartida.html
La reciente sentencia de 29 de abril de 2013 de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremoconcluía en su fallo que la custodia compartida “habrá de considerarse normal e incluso deseable, porque permite que sea efectivo el derecho que los hijos tienen a relacionarse con ambos progenitores, aun en situaciones de crisis, siempre que ello sea posible y en tanto en cuanto lo sea”. De esta manera, parece allanarse el camino hacia la reforma del Código Civil anunciada por el ministro de Justicia y que vendría a romper con el carácter excepcional que dicho modelo de guarda y custodia tiene en nuestro ordenamiento, con la excepción de Cataluña, Aragón y Valencia.
Una propuesta que lleva años generando una intensa polémica que, debo confesar, he contemplado en ocasiones con una cierta perplejidad, la misma que me asalta por cierto cuando compruebo que prácticamente en un…
http://blogs.elpais.com/mujeres/2013/06/la-deseable-custodia-compartida.html
La reciente sentencia de 29 de abril de 2013 de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremoconcluía en su fallo que la custodia compartida “habrá de considerarse normal e incluso deseable, porque permite que sea efectivo el derecho que los hijos tienen a relacionarse con ambos progenitores, aun en situaciones de crisis, siempre que ello sea posible y en tanto en cuanto lo sea”. De esta manera, parece allanarse el camino hacia la reforma del Código Civil anunciada por el ministro de Justicia y que vendría a romper con el carácter excepcional que dicho modelo de guarda y custodia tiene en nuestro ordenamiento, con la excepción de Cataluña, Aragón y Valencia.
Una propuesta que lleva años generando una intensa polémica que, debo confesar, he contemplado en ocasiones con una cierta perplejidad, la misma que me asalta por cierto cuando compruebo que prácticamente en un…